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Residencia geriátrica en el barrio de Horta, perteneciente al distrito de Horta-Guinardó, en pleno centro de Barcelona.
La residencia de mayores Amavir Horta ofrece una amplia gama de servicios para que las personas mayores y sus familias encuentren todas las comodidades y atenciones que precisan en función de las necesidades de cada usuario.
La residencia de mayores Amavir Horta, situada en el barrio del mismo nombre de la ciudad de Barcelona, ha sido diseñada hasta el último detalle para facilitar la vida cotidiana a los residentes, con amplios jardines y espacios luminosos, mobiliario ergonómico y unas cuidadas instalaciones, en las que ofrecer a las personas mayores y sus familias una atención de la máxima calidad.
La residencia se estructura en distintas unidades de convivencia, cada una de ellas con comedor propio, sala de estar y baño geriátrico. En la práctica, estas unidades son como pequeñas residencias, en las que viven personas de similares características según su grado de dependencia y deterioro cognitivo, una de ellas específica para personas con alteraciones de conducta y riesgo de desorientación. Este modelo permite ofrecer al usuario el máximo confort y una atención más personalizada y adaptada a sus necesidades específicas.
Las habitaciones, individuales o dobles, con baño completo y adaptado, se pueden decorar al gusto del usuario, si éste así lo desea, y cuentan con un completo equipamiento: camas articuladas eléctricas, prácticos armarios con cerradura, teléfono, toma de televisión y pulsadores de alarma tanto en la habitación como en el baño.
La residencia cuenta con un amplio equipo de profesionales de distintos ámbitos, personas cualificadas y con vocación hacia el cuidado de las personas mayores.
La residencia Amavir Horta, inaugurada el 20 de marzo de 2007, cuenta con 181 plazas residenciales y 40 de centro de día y dispone de plazas concertadas con la Generalitat de Catalunya.
• La residencia de mayores Amavir Horta en Barcelona dispone de estancias permanentes y estancias temporales (respiro para familiares, convalecencia y rehabilitación)
• Servicio médico
• Servicio de enfermería
• Atención directa
• Psicología
• Trabajo Social
• Terapia Ocupacional
• Fisioterapia y rehabilitación
• Podología
• Terapias alternativas (terapias con animales, intercambios intergeneracionales, estimulación sensorial, musicoterapia, laborterapia, talleres de cocina, huertos terapéuticos...)
• Limpieza
• Lavandería
• Servicio de comidas (con menús adaptados y doble menú)
• Recepción
• Mantenimiento
• Transporte adaptado para centro de día
• Animación sociocultural en el centro (fiestas, actuaciones musicales, teatro, cine, concursos...)
• Animación sociocultural en el exterior (excursiones, visitas...)
• Voluntariado
• Peluquería
• Servicio de cafetería
• Aparcamiento
• Servicio religioso
• Climatización
• Wifi en zonas comunes
• Centro de día
• La residencia de mayores Amavir Horta en Barcelona consta de 8.500 metros cuadrados construidos, distribuidos en tres plantas, y 500 metros cuadrados de jardín, todo ello en parcela cerrada con accesos controlados
• Habitaciones individuales y dobles, que se pueden decorar a gusto del residente
• Todas las habitaciones cuentan con baño geriátrico con suelo antideslizante y mobiliario adaptado, teléfono, toma de televisión y pulsadores de alarma tanto en la habitación como en el baño
• 4 comedores
• 4 salas de estar
• Gimnasio y sala de rehabilitación
• Biblioteca y sala de lectura (con prensa diaria)
• Capilla
• Peluquería
• Podología
• Cocina
• Cafetería
• Zona de juegos infantiles
• Salón de actos
• Salas de terapia
• Salas de visitas
• Consultorio médico y sala de curas
• Tomas de oxígeno medicalizado
• Aparcamiento para visitantes
La residencia Amavir Horta está ubicada en el barrio del mismo nombre de la ciudad de Barcelona, junto al Colegio de los Salesianos de Horta, y accesible a través de la salida 4 de la Ronda de Dalt. En transporte público, se puede acceder al centro a través de la línea de Metro 3 (verde), salida Mundet, o por autobús a través de las líneas 10, 45, 60, 73, 76 y 27, además de los autobuses amarillos B19 y B16.
En esta pestaña le ofrecemos información sobre la Ley de Dependencia y los trámites que hay que llevar a cabo para pedir ayudas o prestaciones recogidas en esta ley. Desde la residencia, nuestro Departamento de Trabajo Social podrá asesorarle y ayudarle en estos trámites.
¿Qué es la Ley de Dependencia?
• La Ley de Dependencia tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español.
• La Dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que por razones de edad, enfermedad o discapacidad precisan de la ayuda de otra persona para poder realizar las actividades básicas de la vida diaria.
• Tipos y Grados de Dependencia: Grado I (Dependencia Moderada), Grado II (Dependencia Severa) y Grado III (Gran Dependencia).
¿Quién puede acceder a ella? Cualquier persona en situación de dependencia que resida en territorio español y lo haya hecho durante mínimo cinco años. Dos de los cinco años de residencia en territorio español deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
¿Qué se necesita presentar para acceder?
• Formulario de Ley de Dependencia
• Original y fotocopia del DNI/NIF o NIE de la persona, que deberá estar vigente.
• Acreditación de la representación legal por la que se actúa, si es el caso de una persona incapacitada judicialmente, así como la fotocopia de la resolución judicial.
• Volante de empadronamiento histórico que justifique cinco años de residencia en territorio español, de los cuales dos años deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
• Informe de salud original con menos de dos años de antigüedad, donde consten los diagnósticos vinculados con la dependencia.
• Es conveniente que la persona solicitante presente, junto con el formulario de solicitud, la declaración responsable con los datos para calcular su capacidad económica.
¿Dónde se solicita?
• Servicios Sociales del Ayuntamiento donde esté empadronado el solicitante.
• Dirección General de Protección Social.
• Departamento de Asuntos Sociales y Familias.
• Oficinas de Atención Ciudadana del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.
• Oficinas de Registros de entrada y salida de documentos de la Generalitat de Cataluña.
Trámite/recorrido
1. Solicitud: las solicitudes se derivan a los Servicios de Valoración de la Dependencia (SEVAD).
2. Valoración: para iniciar la valoración, un profesional de estos servicios se pondrá en contacto telefónico con la persona solicitante para acordar día y hora para realizar una visita en el domicilio o en el centro donde reside.
3. Resolución y Notificación: en la que se determinará el grado de dependencia y los servicios o las prestaciones económicas que corresponden a la persona solicitante. Se envía la notificación por escrito al domicilio del usuario.
4. Revisión del grado de dependencia o Recurso de Alzada: si fuera necesario o no estuviera de acuerdo con la Resolución.
5. Programa Individual de Atención (PIA): en el que se establecerán los servicios y/o prestaciones más adecuados a recibir según la situación.
Tipos de servicios/prestaciones
• Servicios: los servicios que se mencionan a continuación pueden ser de carácter público (según el grado de dependencia y el tipo de ayuda que necesite cada usuario, así como su capacidad económica y otros aspectos sociales), de carácter concertado (en este caso la administración determina la cuantía que aportará el usuario) o de carácter privado (corriendo completamente a cuenta del usuario).
1. Prevención de la situación de dependencia
2. Teleasistencia
3. Ayuda a Domicilio
4. Centro de Día/ Centro de Noche
5. Atención Residencial
• Prestaciones:
1. Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEV): ayuda económica percibida exclusivamente para aquellos usuarios dados de alta en un centro residencial o centro de día privado y acreditado por la Generalitat de Cataluña.
2. Prestación Económica para la asistencia personal: prestación de carácter personal cuya finalidad es la promoción de la autonomía de las personas en situación de dependencia, para contribuir a la contratación de una asistencia personal que facilite el acceso a la educación y/o al trabajo y favorezca una vida más autónoma.
3. Prestación Económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales: prestación personal, de carácter excepcional, que tiene como finalidad contribuir a los gastos derivados de la atención a la persona en situación de dependencia en su domicilio.