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Los servicios sociales generales son servicios públicos de carácter polivalente y comunitario, cuya organización y personal están al servicio de toda la población.
Constituyen el primer nivel del Sistema Público de Servicios Sociales y proporcionan una atención que tiene por objeto favorecer el acceso a los recursos de los sistemas de bienestar social, generando alternativas a las carencias o limitaciones en la convivencia, favoreciendo la inclusión social y promoviendo la cooperación y solidaridad social en un ámbito del territorio ( Ley 5/2009, de 30 de junio , de Servicios Sociales de Aragón). Se llevan a cabo las siguientes prestaciones de servicio:
• Es una prestación de servicio, de los servicios sociales generales del Sistema Público de Servicios Sociales que proporciona un conjunto de atenciones orientadas a facilitar un entorno de convivencia adecuado y tiene como objetivo la prestación de una serie de atenciones a los individuos y/o familias en su domicilio.
• El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene naturaleza de prestación esencial para personas en situación de dependencia y de prestación complementaria para el conjunto de la población.
Es un sistema de atención personalizada que, a través de un dispositivo o terminal de telefonía móvil permite que los usuarios, ante situaciones de emergencia, pueden entrar en contacto las 24 horas de día y los 365 días del año, con una central atendida por personal científicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad planteada.
Ofrece la posibilidad de acceder con inmediatez, mediante los recursos tecnológicos adecuados, a los servicios oportunos en situaciones de emergencia o de inseguridad, soledad o aislamiento, y al centro de atención la de atender y conocer el estado de la persona usuaria.
El servicio de teleasistencia tiene naturaleza esencial para la personas en situación de dependencia y complementaria para la población general.
Son prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial, temporal, finalista y de pago único no periódico que tienen por finalidad resolver situaciones de urgencia que afecten a personas o unidades familiares de convivencia a las que sobrevengan situaciones de necesidad o falta continuada de recursos.
Son prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial y finalista destinadas al pago de los consumos energéticos de personas o unidades de convivencia que no puedan ser afrontados por su situación económica, referidos al consumo de gas, siempre que la vivienda disponga de la instalación precisa para ello, energía eléctrica y agua.
Las ayudas se concederán a la persona titular del contrato de suministro, para el que se solicitan, referido únicamente a su vivienda habitual y permanente.