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Área de Acción Social

El Ayuntamiento de Bilbao, a través del Área de Acción Social, desarrolla los servicios sociales de Atención Primaria establecidos en la Cartera de prestaciones y servicios de la ley 15/2008 de servicios sociales. Se trata de una red de centros y servicios próximos a la ciudadanía y distribuidos en los 8 distritos del municipio.

En este catálogo se presentan de forma sencilla los servicios y prestaciones dirigidos a la ciudadanía y que pueden ser útiles para hacer frente a necesidades o situaciones derivadas de procesos como autonomía-dependencia, protección-desprotección, inclusión-exclusión y participación comunitaria.

El Área de Acción Social pone a disposición de toda la ciudadanía sus 11 servicios sociales base y el servicio de urgencias sociales donde las y los profesionales de nuestros equipos les van a informar, valorar, asesorar y facilitar el apoyo que necesiten  así como el acceso a las prestaciones que les correspondan en base a criterios de necesidad y adecuación.

Q INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN

Es un servicio cuyo objetivo principal es facilitar a las personas usuarias la información adecuada para acceder a las prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios sociales y en su caso, derivar a otros sistemas de atención.
Las funciones que presta el servicio son:
• Informar a las personas y familias sobre los servicios y prestaciones del Sistema Vasco de los Servicios Sociales: necesidades a las que responden, población destinataria, requisitos e intensidades y sobre sus derechos y obligaciones.
• Realizar una valoración inicial de sus necesidades y cuando sea preciso una intervención que requiera seguimiento, realizar un diagnóstico social y un Plan de Atención Personalizada contando con la participación de la persona usuaria y su red de apoyo.
• Orientar a la persona usuaria hacia las prestaciones y servicios más adecuados para responder a sus necesidades.
• Realizar la tramitación, gestión y coordinación orientadas al acceso a las prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
• Detectar las necesidades sociales de la población e iniciar las actuaciones necesarias.

Q ORIENTACIÓN JURÍDICA

• Es un servicio gratuito de asesoramiento jurídico básico y orientación, prestado por profesionales de la abogacía,
• En este servicio las personas mayores podrán consultar cuestiones relativas a herencias y sucesiones; pensiones de la Seguridad Social y prestaciones o servicios de carácter social; divorcios; consumo, banca y seguros; asistencia judicial y justicia gratuita; problemas de vecindad y de propiedad horizontal; cuestiones sobre incapacitación y tutela.

Q VALORACIÓN DE DEPENDENCIA

Para poder acceder a los servicios y prestaciones del Sistema de atención a la dependencia es necesario tener reconocido un grado de dependencia.
Los servicios sociales de base tramitan las solicitudes para la valoración y las trasladan a la Diputación Foral de Bizkaia, encargada de reconocer el grado de dependencia.
¿A quién va dirigido?
• Personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, necesitan ser atendidas por otra persona o personas o ayudas importantes para su autonomía personal y realizar actividades básicas de la vida diaria.
En el momento en que se presenta la solicitud estas personas deben:
o Estar empadronadas en Bilbao, en el momento que presentan la solicitud.
o Tener residencia legal y efectiva y acreditarla en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma en los últimos 12 meses.
• Toda persona menor de edad empadronada en Bizkaia en situación o riesgo de dependencia.

Q AYUDA A DOMICILIO

Esta es una prestación municipal básica.
Su objetivo es cubrir las necesidades de personas y familias que tienen dificultades para llevar una vida autónoma.
El SAD ayuda a compensar estas dificultades para que la persona pueda seguir viviendo en su hogar y entorno.
Y así, favorecer su autonomía y mejorar su calidad de vida.
El SAD ofrece a la persona usuaria un programa adecuado a la valoración que se hace de sus necesidades, ofreciendo las siguientes prestaciones:
• Tareas domésticas: limpieza y mantenimiento de la vivienda, lavado y cuidado de la ropa, preparación de comidas, etc.
• Tareas de atención personal: aseo y vestido, control de la alimentación y medicación.
• Medios técnicos para facilitar la movilidad y autonomía de la persona: grúas, camas articuladas, sillas de ruedas, etc…
• Tareas educativas sobre buenos hábitos y habilidades básicas: organización económica, familiar, higiene...
• Tareas para promover la participación de la persona usuaria en la comunidad y en actividades de ocio y tiempo libre.
• Tareas de acompañamiento.
Al SAD pueden acceder personas y familias que:
• vivan y estén empadronadas en Bilbao y
• hayan solicitado la Valoración de la Dependencia. (*)
Estas personas pueden estar valoradas:
• como dependientes y tener el Servicio de Ayuda a Domicilio como servicio elegido en el PIA (Plan Individual de Atención).
• en riesgo de dependencia, según prescripción de los Servicios Sociales Municipales, para personas:
o de 70 años o más y una red de apoyo familiar o social insuficiente.
o en situación de desprotección, según valoración técnica.
o en situación de enfermedad irreversible, que necesita de cuidados paliativos en el domicilio.
(*) Según la Ley 39/2006, de 14 de Diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley de Dependencia)

Q ACOMPAÑAMIENTO

Es un servicio de apoyo y/o complemento del Servicio de Ayuda a Domicilio que proporciona compañía y acompañamiento, con el fin de promover la relación para aquellas personas que se encuentran de forma prolongada solas, posibilitar la deambulación para las que tienen inseguridad en sus desplazamientos y/o aquellas en que sus familiares cuidadores precisen algún respiro.
¿A quién va dirigido?
• Personas y familias, residentes y empadronadas en Bilbao, valoradas como dependientes o sin grado reconocido de dependencia (autónomos), personas que viven solas, sin apoyo familiar, sin compañía, en un entorno físico hostil para su desplazamiento, con inseguridad para salir solas a la calle que requieran ser acompañadas en sus desplazamientos, para estimular su autonomía, realizar actividades que favorezcan sus relaciones sociales con el entorno, mitigar su soledad, entre otros.

Q INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA

La finalidad del servicio es prevenir y atender las necesidades originadas por las situaciones de desprotección, complementando y apoyando a los servicios sociales municipales en los procesos de inclusión social a desarrollar con personas adultas.
Se trata de un servicio que ofrece una relación de apoyo por parte de un/a profesional de referencia para desarrollar dentro del domicilio y en el entorno de la persona, actuaciones conjuntas mejorando el posicionamiento personal, promoviendo cambios y mejorando su entorno inmediato, desarrollando habilidades de la persona que favorezcan la comunicación y relación, tanto en el ámbito familiar como en el vecinal y comunitario.
El servicio ofrece información y asesoramiento para el aumento de la motivación personal, sobre derechos y deberes sociales, para la promoción de la autonomía personal, la mejora de la convivencia y la generación de redes de apoyo, la adquisición y desarrollo de capacidades y habilidades sociales.
Este servicio es desarrollado por la entidad Gaztaroa Sartu a través de un contrato con el Área de Acción Social.

Q FONDO DE BIENESTAR SOCIAL/PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

Ambas son prestaciones económicas de la Diputación Foral de Bizkaia.
Fondo de Bienestar social. Es una prestación económica de carácter periódico, complementaria de los servicios sociales para aquellas personas que bien por su avanzada edad o debido a su incapacidad, no pueden acceder al trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender las necesidades básicas. Son personales e intransferibles y se otorgan con carácter alimenticio, no pudiendo ser objeto de embargo o retención ni ofrecerse en garantía de obligaciones. Tipos: ancianidad o incapacidad
Pensión no contributiva. Son prestaciones económicas que se reconocen a personas que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Las personas beneficiarias además de una prestación económica gozan de la asistencia médico-farmacéutica y de los servicios sociales. Tipos: invalidez y jubilación
Más información en: Diputación Foral de Bizkaia (Acción Social)
¿A quién va dirigido?
Fondo de Bienestar Social:
• Estar empadronado/a previamente en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca. (se incluye a los extranjeros y extranjeras, personas refugiadas y apátridas, con permiso de residencia).
• Haber cumplido 65 años de edad o en caso de enfermedad, tener más de 16 años, estar reconocido/a como minusválido/a por el órgano competente y encontrarse absolutamente incapacitado/a para toda clase de trabajo.
• No disponer de ingresos propios o familiares, con que atender las necesidades básicas (renta per cápita inferior al importe anual de esta pensión)
Pensión no contributiva:
• Tener cumplidos más de 65 años o en caso de invalidez, ser mayor de 18 años y menor de 65 y estar afectada por una minusvalía o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.
• Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años entre la edad de 16 y aquella en que se solicita la pensión, de los cuales dos deberán ser consecutivos o inmediatamente anteriores a la solicitud en el caso de la PNC de jubilación. Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud, en el caso de PNC por invalidez.
• Carecer de rentas o ingresos suficientes

Q APOYO A FAMILIARES

Servicio gratuito que se ofrece a personas cuidadoras de la red socio-familiar de apoyo de la persona en riesgo o situación de dependencia.
El objetivo es que puedan adquirir conocimientos, actitudes y habilidades sobre el cuidado y autocuidado, para mejorar la calidad de vida de personas cuidadoras principales y de las personas que cuidan.
El apoyo de este servicio no supone, en ningún caso, la sustitución de la persona cuidadora.
Sus objetivos son favorecer:
• La calidad de los cuidados que ofrecen las personas cuidadoras no profesionales a sus familiares.
• La calidad de vida de personas cuidadoras no profesionales.
• La corresponsabilidad de las personas cuidadoras.
• La adquisición de conocimientos, actitudes y habilidades de cuidado y auto-cuidado.
Para ello, ofrece:
• Programas de información, orientación y asesoramiento,
• Formación,
• Apoyo psicológico, y sensibilización,
• Voluntariado, y
• Prevención de la situación de dependencia.
El apoyo ofrecido desde este servicio no supone, en ningún caso, la sustitución de la persona cuidadora.
Se trata de un servicio gratuito.

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Características

  • Departamento de Trabajo Social:
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