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Servicios Sociales y Promoción Social
Desde este departamento se gestionan los siguientes servicios al ciudadano, en lo que se refiere a personas mayores:
El Servicio de Ayuda a Domicilio ( SAD ) es una prestación básica del Sistema Público de Servicio Sociales que proporciona una serie de atenciones o cuidados de carácter personal y doméstico a familias y personas que carecen de la suficiente autonomía física y/o psíquica para continuar viviendo en su medio habitual.
El servicio se concreta en las siguientes actuaciones básicas:
• Apoyo Personal que incluye tareas de aseo personal, vestir, ayuda a la movilización, levantar de la cama y acostar, entre otras.
• Apoyo Doméstico para el mantenimiento de la higiene de la vivienda, planchado de la ropa, poner la lavadora y tender la ropa, pequeñas compras diarias, preparación de comidas en casos de personas solas para las que resulte difícil su elaboración.
• Apoyo Sociocomunitario, tareas de apoyo educativo a la unidad familiar, acompañamiento a transporte de centro de día o CAI o colegio.
Quedan excluidos, entre otros, los siguientes servicios:
• Vigilancia durante la noche o más allá del límite del horario estipulado
• Vigilancia y apoyo en hospitales y tareas de carácter sanitario
• La realización de reparaciones domésticas y limpiezas de la vivienda que no sean las de mantenimiento habitual
• Tareas acordadas por la comunidad de vecinos (escaleras, portales, terrazas y patios).
Destinatarios
Preferentemente serán destinatarios/as de este servicio las personas mayores con dificultades en su autonomía personal, las personas con discapacidades que afecten significativamente a su autonomía personal, sea cual fuere su edad y los/as menores cuyas familias no pueden proporcionarles el cuidado y atención en las actividades básicas de la vida diaria que en su propio domicilio requieren.
Es requisito para acceder a la condición de persona usuaria del S.A.D. estar empadronada en el municipio de Oviedo.
La Teleasistencia es un servicio público cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de las personas o grupos familiares con dificultad en su autonomía, prevenir situaciones de necesidad, de deterioro personal, de aislamiento y soledad y facilitar mediante este sistema a través de la línea telefónica, la intervención inmediata en caso de emergencia.
La teleasistencia consiste en un equipamiento de comunicaciones específico, ubicado en el Centro de Atención y en el domicilio de la persona usuaria, permite con solo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto entrar en contacto verbal durante las 24 horas del día y los 365 días del año con el Centro atendido por personal especializado.
Requisitos para poder solicitar:
1.- Estar empadronado/a en el Municipio de Oviedo
2.- Disponer de línea telefónica en el domicilio y estar capacitado/a para el manejo del equipo
3.- Ser persona en situación de alto riesgo por enfermedad, minusvalía o avanzada edad.
4.- Vivir solo/a, o acompañado/a de otra persona en situación de dependencia y que esta situación sea causa de riesgo
Bonobús para pensionistas
Los pensionistas pueden beneficiarse de bonificaciones en el billete del autobús urbano.
Como beneficiario de Bono Bus de pensionista, usted podrá hacer uso de la tarjeta que se le entrega, en los autobuses de transporte urbano (TUA) del Ayuntamiento de Oviedo.
LA TARJETA ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE.
Usted podrá recargar su tarjeta hasta un máximo de 60 viajes por mes.
Por cada bloque de 10 viajes que se carguen, el bono tiene una validez de 1 mes desde la primera vez que se use.
Cada vez que se carguen otros 10 viajes en la tarjeta, su plazo inicial se incrementa en otro mes más (Ese nuevo plazo es válido para todos los viajes que en ese momento tenga la tarjeta).
10 viajes caducan al mes. 20 a los dos meses, 30 a los tres meses y así sucesivamente.
El plazo computa desde la primera vez que se use.
Si el saldo llega a 0, el periodo de validez se reinicia.
El saldo de la tarjeta no podrá superar en ningún caso los 60 viajes.
La oficina que expide estos bonos está en la Calle Quintana nº 6-8 y su horario es de lunes a viernes de 9 a 14 horas
Los abonos Pensionista se recargarán en la oficina SEPRISA (C/Uría, 26 - junto a McDonalds) en los siguientes horarios:
• Lunes-Viernes: 9:30 a 14:00 y de 16:00 a 20:00.
• Sábados: 9:30 a 14:00.
• Domingos y Festivos cerrado.
El coste de cada viaje es de 0,72 €, por lo que la recarga los bonos ascenderá a:
• 10 viajes: 7,20 €.
• 20 viajes: 14,40 €.
• 30 viajes: 21,60 €.
• 40 viajes: 28,80 €.
• 50 viajes: 36,00 €.
• 60 viajes: 43,20 €.
Bonobús para personas con movilidad reducida
Como beneficiario de bono bus para personas con movilidad reducida, usted podrá hacer uso de la tarjeta que se le entrega, en los autobuses de transporte urbano (TUA) del Ayuntamiento de Oviedo.
LA TARJETA ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE.
Cada tarjeta podrá recargarse por bloques de recargas de 10 viajes, con un límite máximo de 20 viajes por mes natural.
El saldo de la tarjeta no podrá superar en ningún caso los 20 viajes.
Los viajes cargados no tendrán caducidad.
El coste de cada viaje es gratuito.
La Oficina que expide estos bonos está en la Calle Quintana nº 6-8 y su horario es de lunes a viernes de 9 a 14 horas
Los abono para Personas de Movilidad Reducida (PMR) se recargarán, en las condiciones establecidas con anterioridad, de Lunes a Viernes de 9 a 14 horas, en la Oficina tramitadora de los bono bus, sita en la C/ Quintana nº 6-8.
Bono taxis para personas con movilidad reducida
La ayuda se concretará en la expedición de bonos para la utilización del servicio de taxi, atendiendo a la renta per cápita de los miembros de la unidad familiar de la que forma parte el beneficiario.
Cada bono, válido para la realización de un viaje, tendrá un valor de 3,3 € y caducará a los 3 meses de su expedición.
Presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo u Oficina del Bono Bus, C/ Quintana, 6-8, solicitud acompañada por la documentación que acredite la condición de persona con movilidad reducida.
Los Centros de Día son servicios intermedios por tratarse de un nivel que se sitúa, dentro de la cadena asistencial, entre el domicilio y la residencia o alojamientos para estancias prolongadas, dependientes del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Oviedo colabora con el Gobierno del Principado de Asturias en la tramitación de las solicitudes para el acceso a dichas plazas.
Definición
Todo establecimiento gerontológico, socioterapéutico y de apoyo a la familia que durante el día preste una atención individualizada a las necesidades básicas, terapéuticas y sociales de la persona mayor dependiente, promoviendo su autonomía y una permanencia adecuada en su entorno habitual.
La finalidad de este recurso es mejorar la calidad de vida tanto de la familia cuidadora como de la persona mayor, a través de una intervención dirigida por una parte a proporcionar una atención integral a la persona mayor dependiente y ,por otra a ofrecer el necesario apoyo a la familia para posibilitar una permanencia adecuada del mayor en su entorno habitual.
Modelos asistenciales
Asistencia continua: las personas usuarias acudirán diariamente al centro durante la totalidad del horario de atención.
Asistencia parcial: las personas usuarias acudirán al centro de día de modo flexible, tanto en la frecuencia de la asistencia, como en el horario.
Requisitos
• Tener una edad superior a 50 años.
• Disponer de un apoyo social suficiente que garantice la adecuada permanencia en el entorno.
• Presentar dependencia derivada de discapacidad física o psíquica.
• No necesitar una asistencia sanitaria intensiva.
• No suponer un riesgo claro para la salud o integridad física de las personas usuarias.
• Tener vecindad administrativa y residir en cualesquiera de los concejos de Asturias.
Aportación del usuario
La prestación del servicio de Centro de Día para personas mayores dependientes tiene la consideración de servicio público de carácter no gratuito y por lo tanto el servicio será abonado por la persona usuaria conforme a las cuantías fijadas en la normativa vigente sobre precios públicos.
Cuándo se solicita
Durante todo el año.
Puede encontrar la información en la web del Principado
El E.R.A. (Establecimientos Residenciales de Ancianos) dependiente del Principado de Asturias es el Organismo encargado de la gestión de las plazas públicas residenciales. El Ayuntamiento de Oviedo colabora con el Gobierno del Principado de Asturias en la tramitación de las solicitudes para el acceso a dichas plazas.
Las Residencias y apartamentos para mayores son alojamientos de carácter residencial, permanente o temporal, en el que se prestan diferentes servicios en función de las características de cada tipo de establecimiento.
Clases
a. Residencias, que sirven de vivienda estable y prestan atenciones continuadas para personas válidas y/o asistidas.
b. Apartamentos residenciales, son establecimientos formados por viviendas independientes para personas mayores que se valen por sí mismas.
c. Viviendas y pisos tutelados, son pequeñas unidades de residencia tuteladas por un servicio especializado y destinadas al alojamiento de personas mayores con dificultades socio-familiares.
Requisitos
1. Ser mayor de 65 años, o pensionista mayor de 60, o pensionista mayor de 50 con incapacidad psíquica o física y cuyas circunstancias personales, familiares o sociales aconsejen el ingreso en residencia.
2. Residir en Asturias dos años antes de la solicitud, salvo excepciones. El requisito será de 3 años para pensionistas menores de 60 años.
3. Tener un estado de salud que no requiera asistencia continuada en instituciones sanitarias ni la adopción de medidas de salud pública.
4. No padecer trastornos de conducta que puedan perturbar gravemente la normal convivencia en el establecimiento.
5. Ser emigrante asturiano/a o descendiente de emigrante asturiano/a y haber retornado o querer retornar, en el supuesto de que esta sea la causa de la solicitud.
Aportación del usuario
Residencias: 75 % del total de sus rentas por cualquier concepto, salvo pagas extraordinarias, hasta el total del precio público.
Cuándo se solicita
Durante todo el año.
Puede encontrar la información en el web del Principado
La Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Gobierno del Principado de Asturias es la Administración competente en materia de aplicación y gestión de la Ley de Dependencia.
El Ayuntamiento de Oviedo colabora con el Gobierno del Principado de Asturias en la tramitación de las solicitudes para el reconocimiento de la Dependencia y las relacionadas con este proceso.
Puede encontrar la información en la web del Principado