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El Ayuntamiento de Madrid, desde su área de Servicios Sociales, presta distintos servicios para las personas mayores.

Servicio de ayuda a domicilio

Atención personal

  • Apoyar en el aseo personal.
  • Ayudar en el vestido, calzado y alimentación.
  • Apoyar en traslados y movilizaciones dentro del hogar.
  • Acompañar ocasionalmente fuera del hogar para la realización de diversas gestiones, como visitas médicas, tramitación de documentos y otras similares, siempre que no se disponga de apoyo familiar o de voluntariado.
  • Gestionar en nombre de la persona usuaria recetas y documentos relacionados con la vida diaria, siempre que no exista apoyo familiar o de voluntariado, o así lo determine el personal técnico municipal.
  • Ayudar en la toma de medicamentos prescritos (no están incluidas las actividades de carácter sanitario).
  • Observar la evolución de la situación y poner en conocimiento de los servicios sociales los cambios e incidencias que se detecten.

Atención doméstica

  • Limpiar o ayudar a la limpieza cotidiana de la vivienda y a su mantenimiento en condiciones aceptables de higiene y salubridad.
  • Adquirir alimentos y otros productos básicos por cuenta de la persona usuaria.
  • Lavar, planchar y organizar la ropa dentro del hogar.
  • Preparar comidas en el hogar.
  • Realizar pequeñas tareas de mantenimiento de utensilios domésticos y de uso personal, tales como cambio de bombillas, sustitución de pilas, cambio de bolsa de aspiradora, etc.
  • Realizar, excepcionalmente, limpiezas de choque en los casos en que sea valorado técnicamente y se considere necesario.

Evaluación de necesidades, control y seguimiento del servicio 

  • Acoger a la persona que hace la demanda, informarla sobre las características del servicio y realizar la valoración inicial.
  • Comprobar el cumplimiento de requisitos necesarios.
  • Diseñar la intervención social específica del servicio de ayuda a domicilio.
  • Elaborar la propuesta del servicio de ayuda a domicilio consensuada con la persona atendida y sus familiares cuidadores.
  • Realizar el seguimiento del servicio mediante entrevistas, visitas al domicilio y llamadas telefónicas, adecuando las prestaciones a los cambios detectados.
  • Realizar el control del servicio garantizando el cumplimiento de las condiciones establecidas.
  • Aportar pequeños productos de apoyo (salvo camas y grúas) como complemento a la atención personal, en los casos en que valorado técnicamente, se considere necesario.
  • Acceder a prestaciones individualizadas, realizadas por profesionales específicos (terapeuta ocupacional, fisioterapeuta y psicólogo/a), a aquellos casos que determine el personal técnico de referencia de servicios sociales.

Información 

  • Informar sobre el servicio de Ayuda a Domicilio y otras cuestiones relacionadas.

Se encuentra en el siguiente vínculo Servicios de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Madrid. También en los Centros de Servicios Sociales.

Sugerencias, felicitaciones y reclamaciones 

  • Gestionar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones remitidas por la ciudadanía.
  • Informar sobre su estado de tramitación.

Los canales establecidos para la presentación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones son:

El acceso a estos servicios se gestiona en los Centros de Servicios Sociales de la Ciudad de Madrid, que valoran, diseñan la intervención, elaboran la orden de alta y realizan el seguimiento correspondiente. Se prestan en el domicilio, por auxiliares domiciliarios, que llevarán uniforme con el logotipo del Ayuntamiento de Madrid, en horario de 7 a 22 horas, de lunes a domingos. Desde el Servicio de Coordinación de las entidades, diplomados/as en Trabajo Social realizarán el seguimiento de la prestación así como la coordinación del personal auxiliar domiciliario, según las pautas marcadas por el Ayuntamiento de Madrid.

Las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio podrán contactar telefónicamente con las entidades prestadoras del mismo en el horario mencionado.

Los servicios que se concedan estarán limitados, en todo caso, por los recursos disponibles por el Ayuntamiento en cada momento.

En el supuesto de que exista un riesgo grave e inminente para la persona para la que se solicita el servicio, apreciado por el/la trabajador/a social, se podrá ordenar la inmediata prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio. 

Personas destinatarias 

  • Personas que hayan cumplido 65 años con dificultades en su autonomía personal y necesidad de apoyo.
  • Personas con discapacidad menores de 65 años.
  • Personas declaradas dependientes por la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  • Ser español, o con nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o con nacionalidad de otro país  extracomunitario pero con residencia legal en España.
  • Estar empadronado en Madrid. Para personas mayores que residan temporadas que no excedan de 6 meses con los hijos, será suficiente con que los hijos o la familia de acogida estén empadronados.
  • Todos aquellos requisitos que recoge la Ordenanza Municipal de 29 de Julio de 2009 que regula el acceso a los Servicios de Ayuda a Domicilio para mayores y/o personas con discapacidad en la modalidad de atención personal y atención doméstica, de Centros de Día, propios o concertados y Centros Residenciales para mayores del Ayuntamiento de Madrid.

Coste del Servicio de Ayuda a Domicilio

La persona usuaria participa en el coste del servicio en función de las horas recibidas y de su capacidad económica.

Cuadro de copago del Servicio de Ayuda a Domicilio 2024

 Renta Mensual Per Cápita (RMPC) APORTACIÓN POR HORA Límite aportación sobre RMPC
 Hasta 537,30 euros  0 euros 0%
Desde 537,31 euros hasta 614,29 euros 1,12 euros 12%
Desde 614,30 euros hasta 691,29 euros 1,69 euros 14%
 Desde 691,30 euros hasta 768,30 euros 2,26 euros 16%
 Desde 768,31 euros hasta 845,31 euros 2,83 euros 18%
 Desde 845,32 euros hasta 922,30 euros 3,36 euros 20%
 Desde 922,31 euros hasta 999,32 euros 3,94 euros 22%
 Desde 999,33 euros hasta 1.076,32 euros 4,49 euros 24%
 Desde 1.076,33 euros hasta 1.153,33 euros 5,07 euros 26%
 Desde 1.153,34 euros hasta 1.230,33 euros 5,64 euros 28%
 Desde 1.230,34 euros hasta 1.307,33 euros 6,19 euros 30%
 Desde 1.307,34 euros hasta 1.384,35 euros 6,76 euros 32%
 Desde 1.384,36 euros en adelante 7,31 euros 34%
Q TELEASISTENCIA

Servicio social de atención y apoyo personalizado, que permite a las personas usuarias disponer de un servicio de atención permanente, las 24 horas del día, todos los días del año, atendido por profesionales con formación especializada y medios técnicos, para dar respuesta adecuada a las situaciones de necesidad social o de emergencia, incluida la movilización de otros recursos, si fuera necesario.

Se presta a través de un dispositivo conectado a una línea telefónica fija o móvil.

Los objetivos del servicio son proporcionar compañía, seguridad y tranquilidad a la persona usuaria y a sus familiares; favorecer su permanencia en el entorno familiar y social habitual, así como incrementar la autonomía y calidad de vida de las personas a las que se dirige el servicio.

SERVICIOS:

Prestar atención y apoyo personalizado a las personas usuarias, atendiendo sus llamadas telefónicas y realizando llamadas de seguimiento:

Las personas usuarias podrán ponerse en contacto con el personal especializado que atiende el servicio a través de:
-el dispositivo de teleasistencia conectado en su domicilio a una línea telefónica fija o móvil.
-la unidad de control remoto en forma de colgante o pulsera, con botón pulsador, que le han proporcionado.
-El personal especializado les ofrecerá una respuesta adecuada a la demanda planteada.

Las llamadas de seguimiento podrán ser:
-llamadas periódicas, de acuerdo con el nivel de riesgo social,
-llamadas de cortesía,
-llamadas de mantenimiento de agenda (medicación, citas médicas).

Proporcionar el soporte técnico necesario a los dispositivos instalados:
-Dispositivo de teleasistencia
-Unidad de control remoto, de tipo colgante o pulsera

Otros dispositivo de tecnología avanzada, destinados a personas con especiales necesidades que sirven de apoyo en la prevención y detección de situaciones de riesgo:
-Detector de gas.
-Detector de humos.
-Detector de caídas.
-Detector de movimiento.
-Dispositivo adaptado a problemas de audición o de habla.

Atender presencialmente en el domicilio a las personas usuarias, ante situaciones de emergencia domésticas, psicosociales, sanitarias, etc., para su resolución. El servicio desplazará al domicilio a personal de apoyo, no sanitario, para atender la situación producida. El desplazamiento estará condicionado a la gravedad de la situación. Si es necesario se realizará la apertura de puertas.

El servicio no presta atenciones de carácter sanitario (atención médica, manipulación de aparatos o instrumentos que precisen de conocimientos profesionales, que sean competencia de personal sanitario, traslado a centros de salud u hospitalarios y similares).

Para garantizar la seguridad y la tranquilidad de las personas usuarias, quienes acudan al domicilio estarán perfectamente identificadas, portando el logotipo del Ayuntamiento de Madrid en lugar bien visible.

Coordinar la actuación con otros servicios, en caso necesario, para dar una respuesta adecuada a la petición de ayuda: Policía, Samur Social, 112, Bomberos, Centro de Salud, etc., y con otros recursos de carácter privado, en su caso.

Informar y asesorar telefónicamente en materia económica, social, jurídica y psicológica por profesionales especializados para todas aquellas personas que lo soliciten.

Promover actividades que favorezcan el envejecimiento activo y saludable, fomentando la participación en actividades culturales, lúdicas o de ocio, deportivas, talleres, y promoviendo las relaciones interpersonales y redes de apoyo.

Atender, orientar y apoyar al entorno sociofamiliar que asume el cuidado de las personas usuarias del servicio.

Información:

Informar sobre el servicio de Teleasistencia y otras cuestiones relacionadas.

Se encuentra en el siguiente vínculo Servicio de Teleasistencia del Ayuntamiento de Madrid. También en los Centros de Servicios Sociales.

Las personas mayores de 65 años que, según los datos de Padrón viven solas, pueden tramitar la solicitud de Teleasistencia a través del teléfono 010.


Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones:

Gestionar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones remitidas por la ciudadanía.
Informar sobre su estado de tramitación.
Los canales establecidos para la presentación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones son:
En la página web: www.madrid.es/contactar.
El teéfono gratuito 010 o (914 800 010 desde fuera de Madrid y atención prioritaria para mayores de 65 años en el teléfono 900 111 065.
Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid.
Las Oficinas de Registro.
El Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid
El correo (postal o electrónico) dirigido al órgano directivo responsable o unidad prestadora del servicio, cuyos datos de localización y contacto se recogen al final de este documento.

Personas destinatarias:

Personas mayores de 65 años, priorizando a las mayores de 80 años que vivan solas.
Personas de entre 18 y 64 años, en situación de dependencia reconocida por resolución administrativa del órgano competente, que incorpore el Servicio de Teleasistencia en su programa individualizado de atención (PIA).
Personas de entre 18 y 64 años, en situación de riesgo de aislamiento severo (excepto situaciones que se atienden desde servicios especializados) o con enfermedad grave e incapacitante. El acceso al Servicio de estas personas deberá venir acompañado de informe de los Servicios Sociales que justifique tal necesidad.

Requisitos de la persona interesada:

Estar empadronado/a en la ciudad de Madrid.
Disponer en el domicilio de línea telefónica.
Tener capacidad la persona interesada, o en su caso la persona con la que conviva, para realizar un uso adecuado del Servicio de Teleasistencia.
Prestación del servicio

Para la prestación de la Teleasistencia, el servicio cuenta con diferentes perfiles profesionales:

La persona que ejerza las funciones de coordinación debe ser graduada en Trabajo Social o Terapia Ocupacional,el personal teleoperador debe contar con titulación de bachiller o equivalente,el personal encargado del asesoramiento y apoyo en las llamadas de emergencia deberá ser Graduado Universitario en Enfermería o en Psicología,el personal de la Unidad de Apoyo Domiciliario debe tener titulación de bachiller o equivalente y, por último, las/os instaladoras/es deberán contar con la formación técnica adecuada.

En la prestación del servicio estará garantizada su continuidad en el tiempo. Este no se suspenderá salvo deseo expreso de la persona usuaria, baja en el padrón municipal, cambio en las condiciones que motivaron la concesión, o incumplimiento de sus obligaciones.

Coste del Servicio de Teleasistencia:

La aportación de las personas usuarias al coste del servicio estará en función de la Renta Mensual Per Cápita (RMPC), es decir, de su capacidad económica.

Se establece, por tanto, una cuota única por domicilio, independientemente del número de beneficiarios del servicio. El cargo se efectúa en los 10 primeros días del mes siguiente.



Q CENTROS DE DÍA

Los Centros de Día son equipamientos de servicios sociales no residenciales, destinados a prestar atención socio-sanitaria en régimen diurno, para prevenir y/o compensar la pérdida de autonomía, facilitando apoyo a familiares o personas cuidadoras.

Con ellos se pretende lograr el mantenimiento de las personas usuarias en su medio habitual, retrasando o evitando el ingreso en un Centro residencial, mediante una atención basada en los principios del modelo de Atención Centrada en la Persona, respetando su dignidad, autonomía e independencia y promocionando la realización de actividades significativas y con sentido para la persona.

El Ayuntamiento de Madrid dispone de 90 Centros de Día distribuidos por los diferentes distritos de la ciudad.

SERVICIOS:

Atención social, sanitaria, preventiva y rehabilitadora:

Acoger en el centro e informar del funcionamiento del mismo.
Realizar una valoración integral de la situación personal y familiar.
Elaborar un Plan de Atención Personalizado (PAP), consensuado con la persona usuaria y/o con su familia.
Detectar situaciones de riesgo sociosanitario.
Hacer seguimiento de las patologías crónicas (diabetes, hipertensión arterial).
Realizar educación para la salud.
Realizar fisioterapia grupal.
Entrenar para las actividades de la vida diaria.
Entrenar para las capacidades intelectuales (memoria, atención...).
Dar apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar la atención de la persona usuaria.
Realizar actividades culturales, recreativas y de relación social.
Hacer seguimiento de la evolución de la persona usuaria.

Apoyo a la familia:

Apoyar el proceso de cuidado y atención que presta la familia o la persona cuidadora.
Realizar actividades formativas e informativas sobre temas vinculados a la atención que se presta en el Centro de Día.
Ofrecer a la familia la posibilidad de participar en las actividades del Centro (fiestas, celebraciones, excursiones…).
Promover la participación en los programas municipales de atención a la familia: “Respiro Familiar” y “Cuidar a Quienes Cuidan”.
Aseo y cuidado personal

Ayudar en el aseo y cuidado personal siempre que se necesite, velando y respetando siempre la privacidad y potenciando la autonomía. Todos los Centros de Día disponen de aseos adaptados y baños geriátricos para facilitar el adecuado servicio de aseo y cuidado personal.
Alimentación y nutrición

Proporcionar desayuno, comida y merienda, adaptados a las necesidades nutricionales, con menú ordinario y, en caso necesario, dietas especiales (sin sal, para personas diabéticas y celiacas, astringente, triturada, etc.).
Todos los menús están supervisados por un profesional de medicina o nutricionista.

Transporte adaptado

Realizar el traslado en vehículo desde el portal de su domicilio hasta el Centro de Día y viceversa de las personas usuarias que lo demanden y dentro del horario establecido.
Ayudarles a subir, bajar y a situarse en el vehículo.
Todos los vehículos destinados al traslado de las personas usuarias de todos los Centros de Día están adaptados para facilitar el acceso a los mismos y para garantizar su seguridad durante el trayecto.

Control y seguridad

Establecer las medidas de control necesarias, en aquellos casos en que puedan preverse situaciones de riesgo para las personas usuarias, informando de las mismas a sus familiares o personas cuidadoras principales.

Todos los Centros de Día especializados en personas con deterioro cognitivo cuentan con medidas de seguridad en las puertas de acceso (sistema de control electrónico) para la protección de las personas usuarias.

Información:

Informar sobre la situación de los Centros y otras cuestiones relacionadas.

Se encuentra en el siguiente vínculo Centros de Día del Ayuntamiento de Madrid. También en los Centros de Servicios Sociales y en los propios Centros.

Sugerencias, felicitaciones y reclamaciones:

Gestionar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones remitidas por la ciudadanía.
Informar sobre su estado de tramitación.
Los canales establecidos para la presentación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones son:

En la página web:www.madrid.es/contactar.
El teléfono gratuito 010 (o 914 800 010 desde fuera de Madrid) y atención prioritaria para mayores de 65 años en el teléfono 900 111 065.
Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid.
Las Oficinas de Registro.
El Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
El correo (postal o electrónico) dirigido al órgano directivo responsable o unidad prestadora del servicio, cuyos datos de localización y contacto se recogen al final de este documento.

Personas destinatarias:

Los servicios están dirigidos a proporcionar una atención integral, en régimen diurno, a las personas mayores de 60 años y sin límite de edad, para las personas con deterioro cognitivo.

Requisitos:

Tener nacionalidad española, ser residente comunitario o tener permiso de residencia.
Estar empadronada la persona interesada en el municipio de Madrid.
Presentar algún tipo de deterioro físico o relacional o deterioro cognitivo que haga aconsejable su asistencia a un Centro de Día y cuyas capacidades permitan su traslado a las dependencias del Centro.
No padecer trastornos mentales o de conducta que dificulten gravemente la convivencia en el Centro, ni cualquier otra enfermedad que requiera atención en un centro hospitalario.
El servicio se suspenderá por deseo expreso de las personas usuarias, baja en el padrón municipal, cambio o pérdida de las condiciones que motivaron su concesión, no superar el periodo de adaptación y por incumplimiento de sus obligaciones. El servicio podrá suspenderse temporalmente por prescripción médica.

El acceso a estos servicios se solicita en los Centros de Servicios Sociales de la ciudad de Madrid.

El trabajador/a social del Centro de Servicios Sociales correspondiente al domicilio de la persona solicitante, realizará un estudio previo de sus necesidades individuales y comprobará el cumplimiento de los requisitos necesarios, para derivarle al Centro que mejor se adecue a sus circunstancias.

Todos los Centros de Día contarán con un equipo multidisciplinar, con la titulación exigida para el desempeño de sus funciones. El equipo estará formado por profesionales de Trabajo Social, con funciones de Director/a, de Enfermería, de Fisioterapia, de Terapia Ocupacional, Auxiliares de Geriatría y en los Centros de Día especializados en personas con deterioro cognitivo tendrán además un profesional de la Psicología. Para el servicio de transporte contarán además con conductor y auxiliar de ruta.

Coste del Servicio de Centros de Día:

La persona usuaria participa del coste de los servicios del Centro de Día, que variará en función de los días de asistencia y de si utiliza o no transporte adaptado, y de su capacidad económica.

Horario del servicio:

El centro de día funcionará, con carácter general, de lunes a viernes, en días laborables de 8:15 a 18:00 horas, si bien las personas usuarias podrán acceder al centro entre 8:15 y 11:00 horas y salir entre las 16:30 y 18:00 horas. Por las necesidades de horario de las rutas, el horario de llegada a domicilio podrá ser posterior a las 18:00 horas.

Las personas que lo demanden podrán flexibilizar el horario de entrada o salida, garantizando que su permanencia en el Centro de Día le permita hacer uso y aprovechar las actividades que en él se ofertan. La disminución en el horario por flexibilidad no tendrá repercusión en la aportación de la persona usuaria.

El servicio de transporte podrá ser utilizado en las franjas horarias de entrada y salida. En los casos de flexibilidad horaria, el transporte no puede garantizarse.

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